miércoles, 8 de abril de 2009

Fujimori es el Primer Ex Presidente condenado por los delitos de Lesa Humanidad por un Tribunal de su propio país

Momento histórico, ex-presidente recibe sentencia condenatoria de 25 años

Sala Penal Especial de la Corte Suprema reconoció que víctimas de Barrios Altos y La Cantuta no eran terroristas.

Luego de 16 meses de Juicio Oral, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República presidida por el vocal supremo César San Martín Castro sentenció, por unanimidad, al ex presidente de la República del Perú, Alberto Fujimori Fujimori, a 25 años de pena privativa de la libertad, por los delitos de homicidio calificado-asesinato, bajo la circunstancia agravante de alevosía en agravio de las víctimas de La Cantuta y Barrios Altos y por lesiones graves que, según lo resalta el propio tribunal, constituyen crímenes contra la humanidad según el Derecho Internacional Penal, así como por secuestro agravado bajo la circunstancia agravante de trato cruel en agravio de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer.


La Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz) como una organización que promueve la defensa y respeto de los derechos humanos expresa su enorme satisfacción por la justa decisión de los magistrados que integraron la Sala Penal Especial, pues este fallo constituye un logro en la lucha contra la impunidad, reivindica a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el gobierno de Fujimori y marca un hito en la historia de nuestro país y en toda Latinoamérica, sino en todo el mundo.

El proceso histórico seguido por toda la comunidad internacional, ha convertido a Fujimori en el primer ex-presidente de la historia, en ser condenado por crímenes de lesa humanidad, al ser declarado culpable de todos los cargos en su contra y sentenciado con la pena máxima posible.

Es preciso resaltar, que el tribunal determinó -tal como lo solicitaron los abogados de la parte civil- que los 29 agraviados de las matanzas de Barrios Altos (1991) y La Cantuta (1992), no pertenecieron a una organización terrorista, ni estaban vinculados a las acciones desarrolladas por este tipo de organización criminal.

En tal sentido, David Velazco abogado de Fedepaz, a quien le correspondió sustentar el tema de reparaciones en el alegato presentado por la parte civil, manifestó que se hizo justicia tanto con las víctimas como con sus familiares.

“Fue un proceso largo, es verdad, en el que se respetó escrupulosamente el debido proceso judicial, en el que se dio oportunidad a todas las partes de actuar sus pruebas y exponer ampliamente sus argumentos de defensa” manifestó el abogado. “Consideramos que la sentencia es contundente y ha señalado como hechos absolutamente probados todos los cargos penales que se formularon, en contra del ahora condenado ex presidente Fujimori” puntualizó.

En cuanto a las medidas de reparación integral solicitadas por la parte civil, el tribunal ha reconocido que proceden las medidas de indemnización, satisfacción, rehabilitación, y de no repetición, pero que no otorga estas tres últimas en el presente caso, porque ha su criterio ya han sido otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Agradecemos su difusión,

Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)
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